Deducción del IRPF por instalar aerotermia en 2026: porcentajes, requisitos y caso práctico

Instalar aerotermia no solo baja tu factura: también puede devolverte una parte de la inversión en la declaración de la renta. La deducción del IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética sigue vigente en 2026 y, en muchos casos, una instalación de aerotermia cumple los requisitos para aplicar el tramo más alto. En esta guía te explicamos los porcentajes, las bases máximas, quién puede aplicarla y quién no, los plazos, y un caso práctico con números reales. Y, muy importante, cómo se combina con el CAE, que no es un descuento sino dinero que ingresas en tu cuenta.

Aviso: este artículo es informativo y no sustituye al asesoramiento fiscal. Las cifras dependen de tu caso concreto; en AEROTHERMA te orientamos y preparamos la documentación necesaria.

Las tres deducciones del IRPF por eficiencia energética

La normativa estatal contempla tres deducciones distintas, excluyentes entre sí (se aplica la que corresponda a tu obra):

1. Deducción del 20 %

Para obras que reduzcan al menos un 7 % la suma de los indicadores de demanda de calefacción y refrigeración de la vivienda.

  • Base máxima: 5.000 € al año.
  • Deducción máxima: 1.000 € (el 20 % de 5.000 €).

2. Deducción del 40 %

Para obras que reduzcan al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable, o que consigan una calificación energética A o B.

  • Base máxima: 7.500 € al año.
  • Deducción máxima: 3.000 € (el 40 % de 7.500 €).

3. Deducción del 60 %

Para obras de mejora energética en edificios de uso predominantemente residencial (actuaciones en el conjunto del edificio), con la misma exigencia: reducir un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o alcanzar calificación A o B.

  • Base máxima: 5.000 € al año, con un límite acumulado de 15.000 €.
  • Deducción máxima: hasta 9.000 € a lo largo del periodo.

¿Cuál te corresponde si instalas aerotermia?

La aerotermia sustituye sistemas basados en combustibles fósiles (caldera de gas o gasóleo) por una bomba de calor eléctrica de alto rendimiento. Eso suele reducir el consumo de energía primaria no renovable muy por encima del 30 %, por lo que la mayoría de instalaciones de aerotermia en vivienda particular encajan en la deducción del 40 %.

Si además la actuación se hace sobre el edificio completo (por ejemplo, una comunidad de vecinos), puede aplicarse el tramo del 60 %. Para acreditarlo necesitarás el certificado de eficiencia energética antes y después de la obra: es el documento que demuestra la mejora. En AEROTHERMA gestionamos esa certificación dentro del proyecto.

Quién puede aplicar la deducción (y quién no)

Sí puede aplicarla:

  • El propietario de su vivienda habitual que realiza la obra (deducciones del 20 % y 40 %).
  • El propietario de una vivienda en alquiler o en expectativa de alquiler (antes del 31 de diciembre del año siguiente a la obra).
  • En el caso del 60 %, los propietarios de viviendas situadas en un edificio residencial donde se actúe sobre el conjunto, incluidos plazas de garaje y trasteros del edificio.

No puede aplicarla (o no en su totalidad):

  • Quien usa la vivienda (o parte de ella) para actividad económica: esa parte queda excluida.
  • Para el 20 % y el 40 %, las segundas residencias que no sean vivienda habitual ni estén alquiladas o en expectativa de alquiler.
  • Quien paga la obra en efectivo: solo desgravan los pagos por medios trazables (tarjeta, transferencia, etc.).
  • La parte de la inversión cubierta por subvenciones o ayudas públicas no forma parte de la base de deducción (solo desgrava lo que pagas tú).

Hasta cuándo: plazos 2026 y 2027

  • Deducciones del 20 % y 40 % (viviendas individuales): por cantidades pagadas hasta el 31 de diciembre de 2026, con el certificado posterior emitido antes del 1 de enero de 2027.
  • Deducción del 60 % (edificios): ampliada para obras pagadas hasta el 31 de diciembre de 2027.

Es decir: 2026 es un buen año para acometer la instalación si quieres asegurarte la deducción.

Caso práctico: cuánto te deduces por una aerotermia

Imagina una vivienda habitual en Madrid donde se instala aerotermia en sustitución de una caldera de gas:

  1. La obra reduce el consumo de energía primaria no renovable más de un 30 % → deducción del 40 %.
  2. La base de la deducción está limitada a 7.500 € anuales (es el tope legal que fija la norma, no el precio de la obra).
  3. Si tu inversión alcanza ese tope, la deducción en el IRPF sería 40 % × 7.500 € = 3.000 € que recuperas en tu declaración.

Y esto se combina con otras dos ayudas:

  • El CAE (Certificado de Ahorro Energético), que no es un descuento: es dinero que recibes en tu cuenta bancaria tras la validación ministerial del ahorro generado. En AEROTHERMA lo calculamos y lo tramitamos por ti. Puedes estimarlo con nuestra Calculadora CAE y entender cómo funciona en qué son los CAE.
  • La bonificación del IBI, disponible en muchos municipios de la Comunidad de Madrid.

Entre la deducción del IRPF, el ingreso del CAE y la bonificación del IBI, el coste neto real de la instalación baja de forma significativa.

Te ayudamos a aprovechar todas las ayudas

En AEROTHERMA instalamos aerotermia en Madrid, Guadalajara y alrededores, y nos encargamos de la certificación energética y de la tramitación del CAE para que ninguna ayuda se quede por el camino.

¿Quieres dar el paso?

Si estás pensando en instalar aerotermia y quieres un estudio energético para una propuesta de instalación, contáctanos. Llámanos al 699 097 656 o escríbenos a info@aerotherma.com.

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