¿Te puedes deducir la aerotermia en la declaración de la renta? Sí. Instalar una bomba de calor aerotérmica da acceso a las deducciones del IRPF por mejora de la eficiencia energética, que van del 20 % al 60 % de lo que pagas. Y lo mejor: son compatibles con los CAE (el ingreso directo en tu cuenta por el ahorro energético). En esta guía te explicamos cuánto te puedes deducir, qué requisitos hay y —la duda más habitual— en qué declaración se aplica cada deducción, con ejemplos para particulares y para comunidades de propietarios.
Nota: esta información es orientativa y está actualizada a 2026 tras la prórroga del Real Decreto-ley 7/2026. No sustituye el asesoramiento de un profesional fiscal; cada caso debe revisarse de forma individual.
Las tres deducciones del IRPF por eficiencia energética
La normativa contempla tres deducciones distintas. No son acumulables sobre la misma obra y el mismo año, pero sí te permiten elegir la que más te conviene según el resultado de tu instalación:
| Deducción | % sobre lo pagado | Base máxima | Requisito principal | Plazo de obras |
|---|---|---|---|---|
| 20 % – Reducción de demanda | 20 % | 5.000 € / año | Reducir ≥ 7 % la demanda de calefacción y refrigeración | Hasta 31/12/2026 |
| 40 % – Mejora del consumo | 40 % | 7.500 € / año | Reducir ≥ 30 % el consumo de energía primaria no renovable, o alcanzar clase A o B | Hasta 31/12/2026 |
| 60 % – Rehabilitación del edificio | 60 % | 5.000 €/año (hasta 15.000 € en total) | Rehabilitación energética del edificio completo (≥ 30 % o clase A/B del edificio) | Hasta 31/12/2027 |
El requisito siempre se acredita con dos certificados de eficiencia energética: uno emitido antes de las obras y otro después, para demostrar la mejora.
Si eres particular (tu vivienda): deducciones del 20 % y 40 %
Cuando instalas aerotermia en tu vivienda —habitual o alquilada— y sustituyes una caldera de gas o gasóleo, lo normal es que cumplas alguna de estas dos deducciones (a menudo las dos, y eliges la mejor para ti).
Deducción del 20 %
Es la más fácil de cumplir: basta con reducir un 7 % la demanda conjunta de calefacción y refrigeración, algo que una aerotermia moderna consigue con holgura. Te deduces el 20 % de lo pagado, con una base máxima de 5.000 € al año.
Ejemplo. Instalas aerotermia por 12.000 €. La base máxima es 5.000 €, así que te deduces el 20 % de 5.000 € = 1.000 € en tu declaración de la renta.
Deducción del 40 %
Si tu instalación reduce un 30 % el consumo de energía primaria no renovable —muy frecuente al eliminar el gas o el gasóleo— o tu vivienda alcanza la calificación energética A o B, puedes optar por el 40 %, con base máxima de 7.500 € al año.
Ejemplo. Reforma con aerotermia + suelo radiante por 18.000 €. La base máxima es 7.500 €, así que te deduces el 40 % de 7.500 € = 3.000 €.
Importante: las deducciones del 20 % y del 40 % son incompatibles entre sí para la misma obra. Si cumples las dos, conviene calcular cuál te da mayor ahorro (normalmente el 40 %).
Si eres comunidad de propietarios o promotor: deducción del 60 %
La deducción más potente es la del 60 %, pensada para la rehabilitación energética del edificio completo. Es la opción habitual cuando una comunidad de vecinos instala aerotermia centralizada o acomete una reforma integral. Cada propietario aplica la deducción sobre la parte proporcional que le corresponde.
La base máxima es de 5.000 € por vivienda y año, pero las cantidades que superen ese límite se pueden arrastrar a los cuatro ejercicios siguientes hasta un total de 15.000 €. Y, tras la prórroga del RDL 7/2026, las obras tienen un año más de plazo: hasta el 31 de diciembre de 2027.
Ejemplo. Una comunidad instala aerotermia centralizada y a cada propietario le corresponden 10.000 € de la obra. Se deduce el 60 % de 10.000 € = 6.000 € (aplicando 5.000 € de base el primer año y el resto en ejercicios siguientes).
¿Cuándo te lo puedes deducir? El periodo impositivo
Esta es la duda que más se repite. La deducción no se aplica en el año en que pagas la obra, sino en el ejercicio en que se expide el certificado de eficiencia energética posterior a las obras. Por eso es tan importante tramitar ese certificado a tiempo.
- Deducción 20 % y 40 %: obras pagadas hasta el 31/12/2026 y certificado posterior emitido antes del 1 de enero de 2027. Se deduce en la renta del ejercicio en que se expide ese certificado.
- Deducción 60 %: obras hasta el 31/12/2027 y certificado posterior antes del 1 de enero de 2028. Aplicable en los ejercicios 2021 a 2027.
Ejemplo práctico: si instalas aerotermia en 2026 y el técnico emite el certificado posterior en diciembre de 2026, te lo deduces en la declaración de la renta de 2026 (la que presentas en primavera de 2027).
Requisitos que no puedes pasar por alto
- Dos certificados energéticos: uno antes de la obra y otro después, que demuestren la mejora exigida.
- Forma de pago: el pago en efectivo no da derecho a deducción. Debes pagar por transferencia, tarjeta, cheque nominativo o ingreso en cuenta.
- Dónde: vivienda habitual o alquilada (o en expectativa de alquiler antes del 31/12/2027). No aplica a la parte afecta a actividad económica.
- Conserva las facturas y los justificantes de pago.
Lo mejor: la deducción es compatible con el CAE
Aquí está la gran ventaja. Además de la deducción en el IRPF, instalar aerotermia genera Certificados de Ahorro Energético (CAE), que se traducen en un ingreso directo en tu cuenta bancaria por el ahorro de energía que consigues. No es un descuento ni una subvención que haya que solicitar y esperar: es dinero que cobras por tu instalación.
Y ambos beneficios se pueden combinar: cobras el CAE y aplicas la deducción del IRPF por la misma instalación. En AEROTHERMA gestionamos el CAE por ti y te orientamos sobre la deducción que te corresponde, para que aproveches los dos al máximo.
Ejemplo combinado. Instalas aerotermia por 12.000 €. Cobras el CAE por tu ahorro energético (ingreso directo) y, además, te deduces 1.000 € (20 %) o hasta 3.000 € (40 %) en tu próxima declaración. Dos beneficios por la misma obra.
Preguntas frecuentes
¿Puedo deducir la aerotermia si no es mi vivienda habitual?
Sí. Las deducciones del 20 % y 40 % se aplican tanto a la vivienda habitual como a otra de tu propiedad que esté alquilada o en expectativa de alquiler (antes del 31/12/2027). La del 60 % se aplica a viviendas en edificios de uso predominantemente residencial.
¿Necesito el certificado energético sí o sí?
Sí. Sin el certificado de eficiencia energética posterior a las obras (comparado con uno previo) no puedes aplicar la deducción. Es el documento que acredita la mejora exigida.
¿La deducción y el CAE son lo mismo?
No. La deducción del IRPF reduce lo que pagas de impuestos en tu declaración. El CAE es un ingreso directo en tu cuenta por el ahorro energético de tu instalación. Son compatibles y puedes beneficiarte de los dos.
¿Hasta cuándo puedo aprovechar estas deducciones?
Las del 20 % y 40 % cubren obras hasta el 31/12/2026; la del 60 % (edificios) se prorrogó hasta el 31/12/2027. Conviene no apurar los plazos, porque hay que dejar margen para tramitar el certificado energético posterior.
¿Quieres saber cuánto puedes ahorrar con tu aerotermia?
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